Argentina: Mendoza: Aborto:obispos de Cuyo contra el fallo de la Corte.

Publicado en por Los Derechos de las Mujeres

La Iglesia Católica de Cuyo dio a conocer ayer, a través de un comunicado, su rechazo al fallo de la Corte Suprema de Justicia que determinó que todos los abortos en casos de violación no son punibles, tanto para las mujeres como para los médicos que los practiquen.

A través del documento fechado el 15 de marzo, dos días después del fallo judicial, los obispos reafirmaron que "toda vida humana es sagrada desde su concepción hasta su término natural (...) Es sagrada, por tanto, la vida de la mujer que ha sufrido una violación sexual; una grave lesión a su dignidad de persona". Y en consecuencia "es sagrada también la vida del niño que es fruto de una violación".

Los firmantes, José María Arancibia, arzobispo de Mendoza, Alfonso Delgado, arzobispo de San Juan, Eduardo María Taussig, obispo de San Rafael, Pedro Daniel Martínez, obispo de San Luis, y Sergio Buenanueva, obispo auxiliar de Mendoza, advirtieron que "cuando la vida del más indefenso es relativizada, todo el cuerpo social se pone en peligro. El aborto es una derrota de todos. Aunque llegue a ser legal, siempre será una grave injusticia y una ofensa a Dios".

Asimismo consideraron que "una mujer que ha sido violada merece comprensión y acompañamiento. Su herida, sin embargo, no se cura con una injusticia mayor como es el aborto".

Desde el primer momento, la Iglesia ha manifestado su oposición a la medida. Ni bien conocida la resolución el presidente de la Conferencia Episcopal Argentina, José María Arancedo, llevó a la Corte Suprema las críticas eclesiásticas y advirtió que ahora someterse a esa práctica "aparece mucho más fácil".

Asimismo, el sábado el arzobispo de La Plata, Héctor Aguer, advirtió que la Corte Suprema de Justicia "jamás se atrevería a castigar con la pena de muerte al violador" aunque cuestionó que "sí está castigando con la pena de muerte al fruto de una violación".

El caso

Ésta es una más de las tantas voces que se han manifestado respecto de la decisión de la Corte que ha generado controversia.


Los jueces se expidieron a partir del caso de AG, una adolescente que fue violada por su padrastro tras lo cual quedó embarazada. Ante esta situación, el Tribunal Superior de Chubut autorizó la realización del aborto a la chica que por aquel entonces tenía 15 años.

Sin embargo, al asesor general de esa provincia presentó un recurso de amparo que la Corte rechazó por unanimidad el martes pasado.

Se trata de una interpretación clarificadora del artículo 86 del Código Penal que refiere al aborto no punible en caso de violación a una mujer idiota o demente.

El Alto Tribunal sostuvo que "el supuesto de aborto no punible contemplado en el artículo 86, inciso 2, del Código Penal, comprende a aquel que se practique respecto de todo embarazo que sea consecuencia de una violación, con independencia de la capacidad mental de su víctima".

El caso sienta jurisprudencia ante lo cual a partir de ahora no podrá impedirse a una mujer que ha sido violada que interrumpa su embarazo, así como no podrá sancionarse tampoco al médico que lleve a cabo la intervención.

A partir de esto, para concretar la práctica sólo se exigirá a la mujer una declaración jurada, a diferencia de lo que sucedía hasta ahora en que se pedía autorización judicial lo que terminaba dilatando los tiempos ante una situación que requiere celeridad.

Los médicos podrán manifestar objeción de conciencia, mientras el Ministerio de Salud distribuirá protocolos hospitalarios.

 

Artículo publicado por: Diario Los Andes - Mendoza - Verónica De Vita - 19/03/12 -

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