Registro de objetores de conciencia n Santa Fé.

Publicado en por Los Derechos de las Mujeres

Registro de Objetores de Conciencia
Para garantizar un derecho

Tras un intenso pedido de las organizaciones de mujeres que integran el Consejo Asesor de la ley 11.888, se presentó públicamente la Resolución Nº 843 que determina la creación del Registro de Objetores de Conciencia en el ámbito de la salud pública, en toda la provincia de Santa Fe. Con este registro, los profesionales médicos podrán objetar, por cuestiones de creencias o convicciones, la realización de ciertas prácticas o métodos en el ámbito de la salud sexual y reproductiva. A su vez, el Estado deberá garantizar que hombres y, principalmente, mujeres puedan acceder a estas prácticas, reconocidas por ley, en todos los efectores públicos de salud. Dialogamos con Susana Moncalvillo de Indeso Mujer.

El 28 de abril se firmó la Resolución Nº 843 que el día viernes 3 de junio fue presentada públicamente por el Ministro de salud de la provincia, Miguel Ángel Capiello. En la misma, se notifica la creación del Registro de Objetores de Conciencia en el ámbito de la salud en toda la provincia de Santa Fe. Este registro propiciará el reconocimiento y la defensa de los derechos sexuales y reproductivos de hombres y mujeres a quienes cotidianamente se les niega el acceso a ciertas prácticas y métodos en distintos efectores públicos, entre ellas, la ligadura tubaria, la atención post aborto, la vasectomía y los abortos no punibles.
“Este registro está basado en crear pautas claras que permitan respetar los derechos que tienen las mujeres y los varones en relación a la salud sexual y reproductiva, al mismo tiempo que se respeta las convicciones de los/as trabajadores/as en el ámbito de la salud. La construcción de esta resolución está basada en poder tener una información clara que nos permita poder pensar como reorganizar los servicios de salud de manera que se respete los derechos sexuales y reproductivos. Esta resolución se implementa a través del Ministerio de Salud de la provincia”, aclaró Daniel Teppaz, coordinador del Programa de Salud Sexual y Reproductiva.
Aquellas trabajadoras y trabajadores que realicen alguna objeción de conciencia deberán completar el registro que será difundido públicamente en cada hospital o centro de salud y también a través de internet. De tal manera, se garantiza que los usuarios y usuarias tengan conocimiento de qué profesionales objetan la realización de determinadas prácticas y exigir que otros médicos que no son objetores, lleven adelante la misma. Una vez iniciado el trámite en un efector, los trabajadores tendrán un plazo de 90 días para la firma de la declaración jurada.
“Este registro es por la negativa y tiene alcance en las prácticas que estas personas objetan, tanto en el ámbito público como en el ámbito privado. Una vez que se cuente con el Registro, el Ministerio de Salud y los directores de hospitales y los jefes de servicio deberán arbitrar los medios para reorganizar los servicios de salud, de manera tal de que en ningún momento quede algún servicio cubierto en su totalidad por personas que hacen objeción de conciencia”, apuntó Daniel Teppaz. Esto significa que el Estado deberá garantizar la accesibilidad de la práctica y de este modo, el respeto por los derechos sexuales y reproductivos de hombres y especialmente mujeres, a quienes se las vulnera y violenta en mayor medida. Basta con recordar el caso de Ana María Acevedo, quien falleció tiempo después de que se le negara la realización de un aborto terapétucio, contemplado por ley.
Por su parte, el Ministro de Salud de la Provincia expresó: “Con el registro de objetores hemos avanzado un poco más. Hay cosas que podemos hacer que no tienen que ver con las creencias o la moral, porque hay muchas vasectomías que se realizan en el sector privado y se cobran caras. Seguramente esto va a generar alguna dificultad en algún sector”. En este sentido, aclaró que la Resolución implica un avance en la normativa para defender las libertades y el acceso a los derechos sexuales y reproductivos. “Esto seguramente va a repercutir y ser copiado en algunas provincias y ciudades.”
Susana Moncalvillo es integrante del Consejo Asesor y una activa militante feminista. Para ella, este Registro “significa tener una herramienta más para que se cumplan los derechos de las mujeres, principalmente. Es producto de todo un trabajo de un año del Consejo Asesor de la Ley 11.888 que es la de Salud Sexual y Procreación Responsable. De ese Consejo formamos parte los representantes de los Consejos profesionales de la provincia y representantes de algunas organizaciones de mujeres de Rosario y Santa Fe.”
Moncalvillo expreso que el Consejo Asesor constató “que muchas veces se niega el acceso a determinadas prácticas por las creencias de algunos profesionales que están en el área de la salud pública. No se les puede negar un derecho por las formas de pensar de un médico. Por ello se crea este Registro de objetores, donde se respeta la objeción del profesional pero a su vez, el Estado tiene la obligación de garantizar que haya otra persona que la realice. Con los problemas que siempre hubo en general, fue con algunos métodos anticonceptivos como el Diu que algunos consideran que es abortivo, con la ligadura tubaria, la atención post aborto y los abortos no punibles.”
Sobre el final de la presentación, todos y todas coincidieron que esta Resolución implica un paso fundamental. “Para que no haya más una Ana María Acevedo”, recordaron las militantes del movimiento de mujeres que dia dia trabajan en esta intensa lucha por defender en cada espacio, en cada lugar, la igualdad y accesibilidad de los derechos humanos de todas las mujeres.
Publicado por Boletín EnREDando.org.ar - Comunidades en Red -

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