Argentina: Perpetua por femicidio que cambió la ley.

Publicado en por Los Derechos de las Mujeres

04perpetua.jpgMarcelo Tomaselli recibió la máxima pena por matar a su esposa. Primero la violó y estuvo en la cárcel. Por "avenimiento", figura que se aplicaba previo perdón de la víctima, quedó libre y a los 7 días cometió el asesinato.

 

Un tribunal de La Pampa condenó ayer a prisión perpetua al joven que en diciembre pasado asesinó de 15 puñaladas a su esposa, Carla Figueroa, siete días después de haber salido de prisión, gracias a que ella lo perdonara por una violación.

Así, Marcelo Tomaselli, de 26 años, fue condenado en la ciudad pampeana de General Pico, 140 kilómetros al norte de Santa Rosa. Los jueces consideraron que el imputado sintió “satisfacción” al asesinarla.

El fiscal del caso, Alejandro Gilardenghi, se manifestó “conforme” con el fallo. “Este es un caso que seguramente va a sentar precedente en las cuestiones que tienen que ver con las perspectivas de género y que han motivado incluso la derogación de una figura como la del avenimiento”, expresó el fiscal, quien consideró además que el crimen va a marcar “un antes y un después” para la Justicia.

Confesión.

Tomaselli fue condenado por el “homicidio agravado por el vínculo” de su esposa, con quien tenía un hijo de 3 años, ante quien cometió el crimen. Al iniciarse el juicio, el hombre se declaró culpable y pidió que lo condenen, aunque dijo no recordar lo ocurrido.

“Ese día, ella (Figueroa) estaba rara, quería hablar conmigo y no sabía por dónde empezar. Me pidió perdón por engañarme, me dijo que el bebé no era mío y me pedía disculpas por haberme acusado de algo que no hice”, relató el acusado ante los jueces, al referirse a la violación por la que fue detenido y por la cual su esposa luego lo perdonó para que pudiera salir de prisión. “La maté en la pieza, aunque no recuerdo nada ni tampoco del cuchillo”, agregó al referirse al arma homicida.

 

Al alegar ante los jueces, el fiscal del juicio, Alejandro Gilardenghi, pidió para Tomaselli una pena de prisión perpetua. En tanto, el defensor oficial Walter Vaccaro, representante del acusado, pidió 10 años de prisión al considerar que Tomaselli cometió el homicidio en estado de “emoción violenta”.

El crimen fue cometido el 10 de diciembre, pero el caso se había iniciado meses antes, en abril del 2011, cuando Tomaselli pasó a buscar a su pareja por su trabajo en un quiosco de la ciudad de General Pico, con la excusa de conversar e intentar recuperar la relación entre ambos, que había finalizado. Pero la llevó hasta un descampado y la violó. La mujer lo denunció, él fue detenido y, mientras estuvo preso, Figueroa lo visitó a diario. El 2 de diciembre de 2011 la pareja se casó, cuando Tomaselli aún estaba preso y, poco después, él fue liberado con base en la figura penal del “avenimiento”, ya que argumentó que su esposa lo había perdonado y quería volver a vivir con él.

 

Polémica. El femicidio generó gran conmoción social debido al estado de desprotección en el que se hallaba la víctima y por la polémica figura penal del “avenimiento”, empleada para lograr la libertad del agresor.

Tras el crimen, la decisión fue muy cuestionada, lo que llevó a iniciarle un juicio político a uno de los jueces que aprobaron el avenimiento, mientras que otro magistrado renunció a su cargo para evitarlo.

Luego, en marzo de 2012, el Congreso Nacional finalmente derogó la polémica figura de “avenimiento”.

 

Cronología

Violación. En abril de 2011, Carla Figueroa denuncia a su pareja, Maximiliano Tomaselli, por violación. Él termina en la cárcel, pero la relación continúa: ella lo iba a visitar. El 2 de diciembre se casaron mientras él estaba en prisión.

 

Perdón y muerte. La víctima pide el “avenimiento” y los jueces de la causa dejan a Tomaselli libre. A la semana, el ayer condenado mata a Figueroa, al frente del hijo de ambos, de 3 años.

 

La ley. La figura del avenimiento, prevista en el artículo 132 del Código Penal, era una especie de perdón de la víctima, que dejaba sin efecto al delito sexual cuando esta lo pidiera “libremente y en condiciones de plena igualdad”, cuando había “una comprobada relación afectiva preexistente”, como “el modo más equitativo de armonizar el conflicto con mejor resguardo del interés de la víctima”.

 

Críticas. Hubo críticas en todo el país, que se basaron en que la víctima nunca está en condiciones de igualdad. Además, la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres prohíbe cualquier forma de mediación, negociación o conciliación entre las partes.

Derogación. Como resultado, el Congreso de la Nación derogó el avenimiento en marzo.

 

Artículo publicado por: Diario La Voz - Córdoba (Argentina) - Ag. DYN y Télam - 28/06/12 -

Etiquetado en femicidios

Para estar informado de los últimos artículos, suscríbase:
Comentar este post